TENENCIA
DE HIJOS MENORES-TENENCIA COMPARTIDA
La
ley no prohíbe la tenencia conjunta, sencillamente no la legisla
"La
ley no prohíbe la tenencia conjunta, sencillamente no la legisla. Pero la
ausencia de normas no permite olvidar que los niños necesitan siempre a ambos
padres. Los contactos continuos y significativos entre los padres, disminuyen
el impacto traumático del divorcio en los hijos. En virtud de la característica
de la cosa juzgada en los procesos de familia, siempre habrá tiempo para
intervenir, si se pone en evidencia que lo decidido perjudica a los
menores".
Fuente :
OFICIAL
CAMARA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y MINERIA. COMODORO RIVADAVIA, CHUBUT Sala B
(Graciela Mercedes García Blanco Nélida Susana Melero)
I., C.E. c/ B., J.R. s/ Tenencia SENTENCIA del 29 de Junio de 2006
FUENTE: INFOJUS
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