NEGACION
DE LA PATERNIDAD-DAÑO MORAL
Texto
En el
marco de una acción de filiación, resulta procedente condenar al padre a
indemnizar el daño moral ocasionado al hijo no reconocido, puesto que para que
se configure el mencionado rubro se requiere que medie una negativa infundada
de parte del progenitor, lo cual resulta suficientemente acreditado con la
reticencia desplegada en la contestación de demanda, no obstante haber
consentido que se efectúe la prueba de ADN.
Fuente :
SAIJ
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. PERGAMINO, BUENOS AIRES.
(Levato - Scaraffia)
R, M c/ H, E s/ filiación
SENTENCIA del 21 de Noviembre de 2012
FUENTE: INFOJUS
Para
enviarme su consulta sobre este tema, u otro de su interés, tiene que hacer
clik en el enlace que aparece debajo de este post “PARTICIPAR DE ESTE TEMA”, o
en “enviar comentario” o utilizar la dirección de correo que aparece debajo.
Tenga
presente que su respuesta será remitida al correo que indique en el comentario.
Verifique periódicamente su bandeja de entrada y la de correo no deseado.
c_a_oliva@hotmail.com