MATRIMONIO DIVORCIO EMAIL COMO MEDIO DE PRUEBA
SUMARIO Nº: 0021502 MFN:037820
DIVORCIO. Medida precautoria. Información sobre el correo
electrónico de una de las partes.
1- La prueba anticipada puede comportarse como una verdadera
medida cautelar o precautoria, ya que sin perder su naturaleza probatoria, la
adquisición de ciertas pruebas debe realizarse inaudita parte. Ello, por cuanto
su anticipación en el conocimiento de la otra parte, puede permitir que a
través de maniobras de diverso tipo, oculte, modifique, destruya, altere o
cambie el objeto probatorio en cuestión.
2- Las medidas de instrucción previa tienden a recoger
pruebas útiles para un proceso futuro o en trámite. Su finalidad, aunque de naturaleza
cautelar, no es asegurar el cumplimiento futuro de la sentencia, sino
posibilitar la solución conservando pruebas.
3- La inviolabilidad de la correspondencia es un elemento
que hace a la configuración del derecho a la intimidad, sin embargo no es
absoluta sino relativa. Es que, si bien el correo electrónico puede resultar
asimilable a la correspondencia epistolar y darle la protección constitucional
prevista en el art. 18 de la Constitución Nacional, lo cierto es que la
limitación de los derechos fundamentales no son competencia exclusiva de
algunos magistrados y la falta de legislación en el tema, no significa su
prohibición como tampoco su total facultad para intervenir. Por ello, los
jueces penales no son los únicos que pueden restringir derechos fundamentales
de la inviolabilidad de la propiedad, de la correspondencia,
4- La prueba acerca de la existencia de e-mails así como de
archivos informáticos puede desaparecer o tornarse impracticable con el
transcurso del tiempo, ya que con solo apretar una tecla del equipo de
computación, podrían desaparecer los registros, sin olvidar la posibilidad de
que fuesen afectados por un virus que volviera su lectura imposible
5- En consecuencia, si se encuentra acreditado prima facie que
la parte que solicita la medida -en el caso, pedido de libramiento de oficio a
Google a los efectos de que realice una copia y la remita al juzgado con todos
los correos electrónicos intercambiados entre la dirección de e-mail de una de
las partes y la dirección de correo electrónico de un tercero- está expuesta a
perder la prueba oque le resultará de imposible o muy dificultosa ejecución en
la etapa pertinente, corresponde hacer lugar al pedido.
(Sumario N°21502 de la Base de Datos de la Secretaría de
Jurisprudencia de la Cámara Civil).
Tipo de Fallo: R Sala: J Expte. Nº: J588877 Fecha:
22-11-11
R.P., E.C. c/ C.L., S.H. s/ DIVORCIO Y EXCLUSIÓN DE
CÓNYUGE
Para enviarme su consulta sobre este tema, u otro de su
interés, tiene que hacer clik en el enlace que aparece debajo de este post
“PARTICIPAR DE ESTE TEMA”, o en “enviar comentario” o utilizar la dirección de c_a_oliva@hotmail.com o drcarlosoliva@outlook.com
Tenga presente que su respuesta será remitida al correo que
indique en el comentario. Verifique periódicamente su bandeja de entrada y la
de correo no deseado.
c_a_oliva@hotmail.com