La cámara laboral condenó a una
empresa a indemnizar a un empleado porque no pudieron probar que faltaba o llegaba tarde con frecuencia.
La cámara laboral condenó a una distribuidora de gas natural a indemnizar a un empleado al que despidió “con causa” aduciendo que llegaba tarde o faltaba sin aviso ni justificación con exagerada frecuencia.
Los camaristas de la Sala Primera, Julio Vilela y Graciela González, consideraron que la empresa no había podido probar que tales causales efectivamente hubieran ocurrido, y descreyó del testimonio aportado por otros trabajadores, que confirmaban las llegadas tardes y las ausencias de su compañero.
“Mientras el hecho detonante no se verifique, los antecedentes no pueden ser analizados porque o no han merecido sanción o han sido perdonados y pretender hacerlos valer sin un hecho final y actual…afectaría el principio de simultaneidad entre la injuria y la sanción”, sostuvieron los jueces.
La empresa había despedido al empleado en 2006 porque “incurrió en sucesivas faltas injustificadas y sin aviso y que recibió severas amonestaciones”, entre octubre y noviembre de ese año, según publica DyN.
Pero el tribunal le respondió que primero debía “acreditar las faltas supuestamente cometidas… para luego evaluar si las mismas revestían la gravedad suficiente que justificara su despido”.
Además, los camaristas consideraron que los otros trabajadores aportados como testigos sólo compartían limitadamente tareas y horarios con el cesanteado, “por lo que mal pueden testimoniar sobre las ausencias sin aviso y mucho menos sobre las llegadas tarde”.
Fuente: DyN y infobaeprofesional.com