DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONCUBINOS
Concubinato, pensaba iniciar este post con una definición de
concubinato pero en general todos sabemos a que se refiere, las consultas dicen
en general: “vivimos en concubinato”…, “estamos juntos…”, estoy en “unión
libre…”, o simplemente “convivo sin
casarme desde…” o “convivi durante x años con…” por lo cual definirlo me parece
innecesario. Diferente es la cuestión cuando se trata de los DEBERES Y DERECHOS
U OBLIGACIONES que pueden surgir de este tipo de vínculo. Bastará entonces para
definir concubinato y todas las otras formas en que se lo puede denominar, con
decir que es una unión en la que dos personas, conviven en aparente matrimonio
por lo que se dan a si mismos el estado matrimonial, aunque sin someter el
mismo a la forma legal que para ello
dispone el código civil. Para quien tenga interés en leer la legislación
correspondiente dejo este vínculo ley
de matrimoniohttp://asesorlegal.fullblog.com.ar/abogado-asesor-legal.html
.
También
resultará de utilidad leer http://asesorlegal.fullblog.com.ar/normas-que-modifican-yo-complementan-a-la-ley-26618-de-matrimo.html
Hasta aquí, y en tanto la unión perdure, no parece presentar mayor
problema pero cuando la misma se disuelve se presentan las dificultades. Ya sea
por voluntad de no seguir juntos, de uno o de ambos, o por el fallecimiento de
alguno de ellos.
La primera gran cuestión se refiere a los inmuebles, rodados
y otros bienes registrables; como tales si se encuentran registrados solo a
nombre de uno de los dos, el otro (como norma general) carece de derechos para
exigir una parte de los mismos en el caso de la separación y carece de
“vocación hereditaria” en el caso del fallecimiento.
Para que exista derecho a parte de los bienes antes
mencionados debe existir una sociedad de hecho COMPROBABLE, entre los
concubinos. Puede que ambos hayan trabajado y aportado en común para la
adquisición de distintos bienes, pero hay que probar el hecho suficientemente
para obtener la parte que se pretenda. Y si el aporte fue de ambos, no se
justificaría que se encuentre inscripto solo a nombre de uno de los dos.
DERECHOS DE LOS CONCUBINOS.
Distintos derechos alcanzan a los concubinos, aunque los
mismos no se encuentran organizados o formando parte de una única ley, algunos
civiles, de la previsión social, y laborales.
Para consultas sobre
el tema c_a_oliva@hotmail.com
drcarlosoliva@outlook.com