SE HA PRODUCIDO EL PRIMER PRONUCIAMIENTO DE LA JUSTICIA RESPECTO A LOS FONDOS DE UN AFILIADO. LAMEDIDA CAUTELAR DISPUESTA POR LA JUEZA CRISTINA GARZÓN DE LASCANO, DEL JUZGADO FEDERAL N°3 DE CÓRDOBA. LA MISMA SE ADOPTA "SIN ADELANTAR CRITERIO SOBRE EL FONDO DE LA CUESTIÓN"- LA MAGISTRADA HACE CLARO QUE HACE LUGAR AL DERECHO DE PROPIEDAD QUE OSTENTA EL ACCIONANTE SOBRE SU CUENTA DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL, Y SABEMOS QUE ESTO ES DE RAIGAMBRE CONSTITUCIONAL.
LA JUEZA ORDENÒ INMOVILIZAR LOS EXCEDENTES QUE SURGEN DE UN SENCILLO CALCULO EN EL QUE SE UTILIZA EL PBU. PIENSO QUE ES INEVITABLE INICIAR JUICIO EN RESGUARDO DE LOS EXCEDENTES QUE CADA UNO POSEE, QUE SON DE SU PROPIEDAD, Y SIN DUDA SE VAN A LICUAR EN LA BOLSA DEL ESTADO, DEJANDO ESTABLECIDA ADEMAS LA RESERVA LEGAL PARA EL REINTEGRO DE LAS COMISIONES PERCIBIDAS POR UN SERVICIO QUE EN DEFINITIVA DEJARA DE EXISTIR
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Dr. Carlos Alberto Oliva
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