ME ACCIDENTÉ EN EL TRABAJO, ¿QUE HAGO, QUE TENGO QUE HACER? Lo primero que debemos hacer en caso de accidente en el trabajo o en el viaje de ida o al regreso del mismo, (esto es lo que llamamos ACCIDENTE IN ITINERE), es notificar al empleador. El empleador tiene la obligación legal de comunicar el accidente a la ART (ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO), esto que es lo que indica la ley, no siempre se cumple. Las razones pueden ser variadas pero en general cuando el patrón no informa del accidente o la ENFERMEDAD PROFESIONAL es por una cuestión económica o para evitar sanciones por haber incumplido con las medidas de seguridad que debe implementar en el lugar de trabajo o porque la cobertura no está al día o no existe.
Al referirnos a este tema INDEMNIZACION POR DESPIDO, tan particular, es importante tener en cuenta al formular la consulta, los datos necesarios para realizar el cálculo.... Continuar leyendo
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SE HA PRODUCIDO EL PRIMER PRONUCIAMIENTO DE LA JUSTICIA RESPECTO A LOS FONDOS DE UN AFILIADO. LAMEDIDA CAUTELAR DISPUESTA POR LA JUEZA CRISTINA GARZÓN DE LASCANO, DEL JUZGADO FEDERAL N°3 DE CÓRDOBA. LA MISMA SE ADOPTA "SIN ADELANTAR CRITERIO SOBRE EL FONDO DE LA CUESTIÓN"- LA MAGISTRADA HACE CLARO QUE HACE LUGAR AL DERECHO DE PROPIEDAD QUE OSTENTA EL ACCIONANTE SOBRE SU CUENTA DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL, Y SABEMOS QUE ESTO ES DE RAIGAMBRE CONSTITUCIONAL.
LA JUEZA ORDENÒ INMOVILIZAR LOS EXCEDENTES QUE SURGEN DE UN SENCILLO CALCULO EN EL QUE SE UTILIZA EL PBU. PIENSO QUE ES INEVITABLE INICIAR JUICIO EN RESGUARDO DE LOS EXCEDENTES QUE CADA UNO POSEE, QUE SON DE SU PROPIEDAD, Y SIN DUDA SE VAN A LICUAR EN LA BOLSA DEL ESTADO, DEJANDO ESTABLECIDA ADEMAS LA RESERVA LEGAL PARA EL REINTEGRO DE LAS COMISIONES PERCIBIDAS POR UN SERVICIO QUE EN DEFINITIVA DEJARA DE EXISTIR... Continuar leyendo
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Sobre mí
Dr. Carlos Alberto Oliva
comentarios sencillos sobre derecho.Respuesta a consultas,servicios,procuracion e informacion sobre estado de juicios y demandas. estrategias e investigacion