En principio y contrariamente a la creencia popular los gastos de inicio del proceso sucesorio son bajos.
Los que se deben tener en cuenta son:
Obtención de las partidas o certificados para acreditar el vínculo, como nacimiento matrimonio y defunción. Estas son aranceladas.
Tasa de justicia (esta varia según el lugar donde se tramita la sucesión y la ubicación de los bienes)
Certificados de dominio e inhibición
Certificados de libre deuda
Edictos (Sucesiones ab intestato)
Gastos de inscripción en los Registros
En algunas provincias debemos agregar un trámite de mensura.
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