ALIMENTOS PREGUNTAS FRECUENTES -I-
CUOTA COMO SE
CALCULA EL IMPORTE
ALIMENTOS. CUOTA
ALIMENTARIA.
Esta es una de las
preguntas mas repetidas, y es sobre que importe debe calcularse el porcentaje acordado o fijado por sentencia en el acuerdo o juicio de alimentos.
Les dejo dos citas de
jurisprudencia, y dos definiciones sobre el termino jurisprudencia, del
concepto latino iuris prudentĭa, se conoce como jurisprudencia al conjunto de
las sentencias de los tribunales y a la doctrina que contienen. El término
también puede utilizarse para hacer referencia al criterio sobre un problema
jurídico que fue establecido por sentencias previas y a la ciencia del derecho
en general o simplificando en tren de
brindar la mayor claridad LO QUE EXPRESARON LOS JUECES FRENTE AL TEMA.
En caso de haberse
fijado la cuota alimentaria en un porcentaje de
los haberes del
obligado, se debe tomar como base para el cálculo los ingresos
netos, entendiendo por
tales aquéllos que resultan de deducir de las entradas
brutas las sumas
correspondientes a los descuentos obligatorios por ley. La
razonabilidad de tal
solución se encuentra en que tales descuentos obligatorios
corresponden a cargas
sociales que cubren no sólo al accionado, sino también a
todo el grupo familiar
que se encuentra a su cargo (CNCivil, Sala F, abril
29-1985, RED 20-A,
pág.203, sum. 238; idem 236; en igual sentido Sala D, RED
20-A, págs. 202/3,
sumarios 234 y 239).
OTRO CASO
Si al dictarse
sentencia se expresó que el accionado debería abonar a
la actora en concepto
de alimentos una cuota equivalente a "un porcentaje de
los haberes que percibe",
resulta inequívoco el término aplicado por cuanto a
través del mismo se
hace referencia a los haberes que se reciben como "salario
de bolsillo".
EA QUINTANA-FERME P.,
M. c/P., P. s/Alimentos 4/09/90 C.
081441 Civil - Sala I
FUENTE: JURISPRUDENCIA
DEL PJN
En el próximo post,
PRUEBA
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