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Accidentesenfermedad laboral indemnizacion Abogado consulte gratis ahora asesor legal
Accidentesenfermedad inculpable, remuneración
Cuandosufrimos un accidente o enfermedad inculpable que impida la concurrencia yprestación laboral, no se ve afectado el derecho del trabajador a percibir sussueldos.
Ahora conuna antigüedad de hasta 5 años se cobra normalmente el sueldo por tres meses;si la antigüedad es mayor a 5 años las prestaciones salariales se recibiránhasta por seis meses.
Lasrecidivas o repeticiones de enfermedades calificadas como crónicas, no seconsideran enfermedad, salvo que entre episodios medie un espacio de tiempo dedos años.
El sueldose deberá liquidar con ajuste a lo que estaba percibiendo al momento de suaccidente o enfermedad, si durante el periodo de tres o seis meses se otorgaraun aumento de sueldos, deberá percibirlo.
Si elsueldo no es fijo, se liquidará según el promedio de la parte variable de laremuneración de los últimos seis meses-
c_a_oliva@hotmail.com