Despido. Abandono de trabajo.
Configuración. Omisión de respuesta telegráfica no prueba por si sola el
“abandono”.
Para que resulte
configurada la causal extintiva “abandono del trabajo”, la requisitoria
fehaciente quedebe cursar el empleador no debería recibir respuesta por parte del
dependiente que evidencie o denote su voluntad de mantener el vínculo laboral
pues, en dicho supuesto –salvo que sea manifiestamente improcedente o
injustificada la contestación del trabajador-, tal respuesta revelaría la inexistencia
de la condición subjetiva esencial vinculada a la intención de hacer “abandono”
del trabajo. Si el trabajador omitiera dar respuesta telegráfica a la intimación
de reintegro, tal omisión no prueba por si sola el “abandono”; es necesario que
se acredite que, además de no haber respondido, el trabajador no se presentó a
trabajar dentro del plazo que se le otorgó en la requisitoria.... Continuar leyendo
"...hola mi nombre es........... y tengo una amiga que se llama s............ y tiene 20 años,ella cuando tenia 3 años d novio, lo engaño y se quedo embarazada del otro chico y le dijo a su novio que el hijo era de el. ahora ella quiere aclarar toda esta mentira su hijo ya tiene 2 años y no sabe como hacer ?? nesecita ayuda por eso me contacto con usted ,ademas queria saber cuantos años de carcel le corresponderia aproximadamente?... Continuar leyendo
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Sobre mí
Dr. Carlos Alberto Oliva
comentarios sencillos sobre derecho.Respuesta a consultas,servicios,procuracion e informacion sobre estado de juicios y demandas. estrategias e investigacion