Si se sanciona la ley que avale el traspaso de las administradoras al Estado cada aportante debería promover amparos individuales contra el Gobierno con el fin de declarar la inconstitucionalidad de esta norma porque afectaría el derecho de propiedad de cada afiliado.
Los afiliados a las AFJP están legitimados para actuarporque ven directamente lesionados sus derechos por el proyecto oficial que liquidaría el régimen previsional de capitalización individual.
Esto significa que a partir del momento que sea sancionada la ley, los actuales afiliados a las AFJP, empezarían a aportar al Estado. El problema principal es saber qué hará el Estado con los $97.000 millones que está actualmente en las cuentas de capitalización individual.... Continuar leyendo
Por mandato legal, el Documento Nacional de Identidad es el único instrumento que permite probar la identidad de las personas, sin que pueda ser suplido por ningún otro documento, cualquiera fuere su naturaleza y origen
el último párrafo del artículo 15 de la Ley Nº 17.671 dispone que el nuevo ejemplar anula los efectos del anterior ejemplar del Documento Nacional de identidad... Continuar leyendo
SALARIO MINIMO El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil fijó un nuevo monto del salario mínimo para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador. Con esta nueva resolución a partir del 1° de agosto de 2008 asciende a $ 1.200) y a partir del 1° de diciembre a $ 1.240.
En los procedimientos matrimoniales no se reparten los bienes gananciales a menos que las partes de mutuo acuerdo decidan repartírselos en un convenio. Lo único que ocurre, es que a partir de la sentencia de divorcio y de la inscripción de la misma, el régimen que rige es el de absoluta separación de bienes. Se produce una extinción del régimen de gananciales, se disuelve, pero, no se reparten los bienes. Para ello, debes instar otro procedimiento, esto si es realmente imposible repartir entre Ustedes, pero lo más sensato es que se pongan de acuerdo, ya que el costo termina resultando por lo general muy caro (honorarios de abogados, peritos tasadores, tasa de justicia etc.) En los procedimientos matrimoniales lo que si que se regula es quien se queda el uso de la vivienda, pero no se habla de la titularidad de la misma. La ley establece que quien se queda con la tenencia de los menores se queda con el uso y disfrute de la vivienda conyugal, y en caso de no haber menores o hijos con derecho a alimentos, se le tiene que adjudicar el cónyuge con interés más necesitado. Si necesitas más información:
Desde la creacion de las ART ( aseguradoras de riesgos del trabajo) mucho se ha dicho, tanto a favor como en contra. Es cierto que se han generado montañas de situaciones injustas, tanto por la aplicacion de los famosos baremos como por la forma en que se toman y revisan (cuando el trabajador no esta de acuerdo) las decisiones en estas empresas privadas.
Un caso corriente es el de las indemnizaciones que se perciben en infinitas cuotas y repecto a esto les transcribo lo que decidio recientemente la Suprema Corte de Justicia.... Continuar leyendo
Los alimentos son debidos a los hijos desde la concepción hasta la mayoría de edad e inclusive mas alla de la tenencia si continúan sus estudios.
Es importante destacar que dentro del concepto de alimentos no solo se encuentran comprendidos los recursos indispensables para la subsistencia y custodia del hijo teniendo en cuenta solo sus demandas orgánicas alimentarias, sino también los tendientes a permitirle al alimentado un desarrollo integro que le permita el día de mañana un desenvolvimiento acorde al tiempo que le ha tocado vivir, y que pueda prepararse para competir en un mercado de trabajo que cada día exige mas a sus oferentes. ... Continuar leyendo
Las parejas que se divorcian ahora no son como las que se separaban casi dos décadas atrás. Son más jóvenes, el promedio de duración del matrimonio se redujo en los últimos años a menos de la mitad: de 20 años pasó a 10, como máximo. Incluso, muchas parejas esperan hasta cumplir los tres años obligatorios que fija la ley para obtener el divorcio vincular.
Esto hace que en el mayor número de casos la cosa no termine con la sentencia de disolución del vínculo civil.... Continuar leyendo
La Administración Nacional de la Seguridad Social declaró que los convivientes del mismo sexo se encuentran incluidos en los alcances del artículo 53 de la Ley Nº 24.241, como parientes con derecho a la pensión por fallecimiento del jubilado, del beneficiario de retiro por invalidez o del afiliado en actividad del Régimen Previsional Público o del Régimen de Capitalización. A tal efecto, la convivencia mencionada se acreditará según los medios probatorios que establece el Decreto Nº 1290/94 para los casos en que el causante se encontrare a su deceso comprendido en dicho régimen.
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Dr. Carlos Alberto Oliva
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