PENSION POR VIUDEZ SIN APORTES EN LOS ULTIMOS AÑOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social, en un fallo que concuerda con la doctrina de la Suprema Corte de Justicia autos PINTO ANGELA c/ANSES, flexibiliza las condiciones para ser considerado aportante con derecho a pensión. Otorgo así la pensión a Mabel Elena cuyo marido había aportado durante veinte años y seis días, hasta el día 31 de marzo de 1994 (fecha de su último aporte), quien fallece DIEZ años después en 2004.- De acuerdo entonces a las normas de ANSES, no registrando aportes en los últimos 8 años previos a su deceso, el trabajador es considerado así como "afiliado irregular sin derecho a pensión". La C opto en este caso por "flexibilizar la interpretación en torno a la fecha de corte del ingreso de aportes"... "...no habiendo en este caso un supuesto de captación de indebida de beneficio ya que el trabajador contaba con VEINTE AÑOS de aportes conforme surge del reconocimiento administrativo"... Y se alcanzó "... las dos terceras partes que el régimen prevé para el otorgamiento de una jubilación ordinaria"...... Continuar leyendo
PENSION POR VIUDEZ SIN APORTES EN LOS ULTIMOS AÑOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social, en un fallo que concuerda con la doctrina de la Suprema Corte de Justicia autos PINTO ANGELA c/ANSES, flexibiliza las condiciones para ser considerado aportante con derecho a pensión. Otorgo así la pensión a Mabel Elena cuyo marido había aportado durante veinte años y seis días, hasta el día 31 de marzo de 1994 (fecha de su último aporte), quien fallece DIEZ años después en 2004.- De acuerdo entonces a las normas de ANSES, no registrando aportes en los últimos 8 años previos a su deceso, el trabajador es considerado así como "afiliado irregular sin derecho a pensión". La C opto en este caso por "flexibilizar la interpretación en torno a la fecha de corte del ingreso de aportes"... "...no habiendo en este caso un supuesto de captación de indebida de beneficio ya que el trabajador contaba con VEINTE AÑOS de aportes conforme surge del reconocimiento administrativo"... Y se alcanzó "... las dos terceras partes que el régimen prevé para el otorgamiento de una jubilación ordinaria"...
RECORDEMOS BREVEMENTE
Para acceder a pensión del 70% del INGRESO BASE, que es el promedio de los sueldos de los últimos 5 años, debe el trabajador contar con 30 meses de aportes en los últimos 36 meses anteriores a la invalidez o muerte. En este punto si solo contara con 18 meses de aportes se le considerará "AFILIADO IRREGULAR CON DERECHO" generando una pensión de solo el 50% del ingreso base. ... Continuar leyendo
Respecto del tema se han perfilado dos posturas doctrinarias. Una primera que cuenta con el apoyo de prestigiosos juristas que otorgan a la concubina legitimación sustancial para reclamar el pago de una suma que resarza el daño que le ocasionara la muerte de su compañero que subvenía sus necesidades alimentarias. Asimismo existe una corriente jurisprudencial, que interpretando el art. 1079 del Cód. Civil, sostiene que basta invocar el menoscabo de un interés simple para poseer tal legitimación.
Por otra parte un número no menos importante de autores y algunos fallos jurisprudenciales, le niegan esa posibilidad al considerar que el resarcimiento sólo comprende situaciones en las que el daño producido lesiona un interés legítimo jurídicamente protegido.... Continuar leyendo
La Administración Nacional de la Seguridad Social declaró que los convivientes del mismo sexo se encuentran incluidos en los alcances del artículo 53 de la Ley Nº 24.241, como parientes con derecho a la pensión por fallecimiento del jubilado, del beneficiario de retiro por invalidez o del afiliado en actividad del Régimen Previsional Público o del Régimen de Capitalización. A tal efecto, la convivencia mencionada se acreditará según los medios probatorios que establece el Decreto Nº 1290/94 para los casos en que el causante se encontrare a su deceso comprendido en dicho régimen.
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Sobre mí
Dr. Carlos Alberto Oliva
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