Cuando sufrimos un accidente o enfermedad inculpable que impida la concurrencia y prestación laboral, no se ve afectado el derecho del trabajador a percibir sus sueldos.
Es muy común que pasado algún tiempo desde la perdida de algún ser querido surjan algunas preguntas que generalmente recibimos los abogados.
No solo sobre el derecho que tiene cada uno según nuestro ordenamiento legal, sino también sobre el modo de inquirir o averiguar sobre los bienes en sucesión, o el modo de volver a documentarlos si no se cuenta con las escrituras, constancias etc..
Se denomina accidente in itinere al accidente ocurrido a un trabajador cuando el mismo se produce durante el desplazamiento desde su lugar de trabajo hasta su domicilio, y viceversa. Tiene como condición de exigencia que el trabajador accidentado no haya interrumpido el recorrido o trayecto por alguna causa ajena al trabajo.
Es igual en cuanto a sus consecuencias legales a un accidente acontecido en el lugar de trabajo y esto es así ya que la necesidad de trasladarse del trabajador, no es otra que la de prestar sus servicios remunerados, o regresar a su hogar luego de la jornada laboral.... Continuar leyendo
En caso de muerte del jubilado, del beneficiario de retiro por invalidez o del afiliado en actividad, gozarán de pensión los siguientes parientes del causante:
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Sobre mí
Dr. Carlos Alberto Oliva
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